Da 5 Protección de la seguridad ciudadana
Da 5 Protección de la seg... ciudadana

Da 5 Protección de la seguridad ciudadana

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.A. 5ª. Suspensión de sanciones pecuniarias impuestas por infracciones en materia de consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas cometidas por menores de edad.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las multas que se impongan a los menores de edad por la comisión de infracciones en materia de consumo o tenencia ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas podrán suspenderse siempre que, a solicitud de los infractores y sus representantes legales, aquéllos accedan a someterse a tratamiento o rehabilitación, si lo precisan, o a actividades de reeducación. En caso de que los infractores abandonen el tratamiento o rehabilitación o las actividades reeducativas, se procederá a ejecutar la sanción económica.

Reglamentariamente se regularán los términos y condiciones de la remisión parcial de sanciones prevista en esta disposición adicional.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-03-2015 en vigor desde 01-07-2015