Da 3 Se adapta la legislación en materia de entidades de crédito a la Segunda Di...oordinación Bancaria
Da 3 Se adapta la legisla...n Bancaria

Da 3 Se adapta la legislación en materia de entidades de crédito a la Segunda Directiva de Coordinación Bancaria

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D.A. 3ª.

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Las hasta ahora entidades oficiales de crédito, , , y , tendrán la naturaleza de bancos y les resultará aplicables el régimen general de los mismos.

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  • Texto Original. Publicado el 15-04-1994 en vigor desde 15-04-1994