Da 2 modificaciones de la version castellana Modificación de la Compilación de derecho civil
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D.A. 2ª Modificaciones de la versión castellana

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Se modifican en la versión castellana del Texto refundido de la Compilación de derecho civil de las Illes Balears, aprobado por el Decreto legislativo 79/1990, de 6 de septiembre, las siguientes palabras o expresiones:

a) Se añade al artículo 38 un punto y aparte, antes de "El que lo formalizare en fraude de los legatarios perderá el indicado derecho ."

b) Artículo 39, párrafo tercero:

Donde dice "en lo que no exceda de ella" debe decir "en lo que no excedan de ella ."

c) Se añade, a continuación del artículo 52:

"CAPÍTULO IV

De la sucesión ab intestato"

d) Artículo 66, apartado 1:

Dónde dice "nombradas espolits " , debe decir "denominadas espòlits"

e) Artículo 66, apartado 3:

Donde dice "Tienen capacidad de otorgar capítulos" debe decir "Tienen capacidad para otorgar capítulos "

f) Artículos 67, 68 y 72:

Donde dice "espolits" debe decir "espòlits"

g) Se añade al artículo 71 un punto y aparte, antes de "La ejecución del encargo hecha por acto inter vivos será irrevocable."

h) Se elimina en el apartado 1 del artículo 72 el punto y aparte, después de "Solo serán válidos los pactos otorgados en escritura pública".

i) Artículo 86:

Donde dice "desvis" debe decir "desvís" .

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-08-2017 en vigor desde 06-08-2017