Da 17 Actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social
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»D.A. 17ª. Prestación de servicios domésticos a través de empresas.
Vigente
Las tareas domésticas prestadas por trabajadores no contratados directamente por los titulares del hogar familiar sino al servicio de empresas, ya sean personas jurídicas, de carácter civil o mercantil, determinarán el alta de tales trabajadores en el Régimen General de la Seguridad Social por cuenta de esas empresas.
Modificaciones
- Modificación realizada por Corrección de errores de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.
(BOE de 05-10-2011) en vigor desde 01-01-2013 - Texto Original. Publicado el 02-08-2011 en vigor desde 01-01-2013