Articulo 99 Reforma del Estatuto de Autonomia para Andalucia
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Artículo 99. La Junta de Andalucía.

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1. La Junta de Andalucía es la institución en que se organiza políticamente el autogobierno de la Comunidad Autónoma. La Junta de Andalucía está integrada por el Parlamento de Andalucía, la Presidencia de la Junta y el Consejo de Gobierno.

2. Forman parte también de la organización de la Junta de Andalucía las instituciones y órganos regulados en el Capítulo VI.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-03-2007 en vigor desde 20-03-2007