Articulo 93 Derecho civil vasco
Articulo 93 Derecho civil vasco

Articulo 93 Derecho civil vasco

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 93.- Ejercicio del usufructo poderoso.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Si el usufructuario poderoso dispone parcialmente de los bienes, los legitimarios favorecidos quedan apartados con los bienes recibidos, sin perjuicio de que, en actos posteriores, pueda el usufructuario favorecerles con otros bienes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-07-2015 en vigor desde 03-10-2015