Articulo 9 Protección de los trabajadores contra la exposición a agentes carcinó...genos o reprotóxicos
Articulo 9 Protección de los trabajadores contra la exposición a agentes carcinógenos, mutágenos o reprotóxicos
Protección de los trabajadores contra la exposición a agentes carcinógenos, mutágenos o reprotóxicos
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»Artículo 9. Acceso a las zonas de riesgo
Vigente
Los empresarios tomarán las medidas adecuadas para que las zonas donde se desarrollen las actividades respecto de las cuales la evaluación prevista en el apartado 2 del artículo 3 ponga de manifiesto un riesgo para la seguridad o la salud de los trabajadores sólo sean accesibles a los trabajadores que, por causa de su trabajo o de su función, deban penetrar en ellas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-04-2004 en vigor desde 20-05-2004