Articulo 883 Ley de Enjuiciamiento Criminal
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»Artículo 883
Vigente
Formada la nota, se unirá al rollo, y pasarán los autos al Magistrado ponente para instrucción, por término de diez días.
Previo informe del Ponente, la Sala dictará la resolución que proceda sobre la admisión o inadmisión del recurso.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-09-1882 en vigor desde 15-10-1882
Conceptos Jurídicos
- Concepto Jurídico de: Recurso de casación