Articulo 76 Reglamento de la LO. 5/2000 -responsabilidad penal de los menores-
Articulo 76 Reglamento de...s menores-

Articulo 76 Reglamento de la L.O. 5/2000 -responsabilidad penal de los menores-

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Artículo 76. Notificación de la resolución

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1. La notificación al menor del acuerdo sancionador deberá hacerse el mismo día o en el plazo máximo de 24 horas de ser adoptado, dando lectura íntegra de aquel y entregándole una copia.

2. Asimismo, el acuerdo sancionador se notificará en todo caso y en igual plazo al Ministerio Fiscal y a la defensa letrada del menor.