Articulo 76 Patrimonio de las AAPP
Articulo 76 Patrimonio de las AAPP

Articulo 76 Patrimonio de las AAPP

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 76. Competencias de los organismos públicos en relación con los bienes adscritos.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Respecto a los bienes y derechos que tengan adscritos, corresponde a los organismos públicos el ejercicio de las competencias demaniales, así como la vigilancia, protección jurídica, defensa, administración, conservación, mantenimiento y demás actuaciones que requiera el correcto uso y utilización de los mismos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-11-2003 en vigor desde 04-02-2004