Articulo 74 Reforma del Estatuto de Autonomia de Cataluña
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Artículo 74. Responsabilidad política del Gobierno y de sus miembros.

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1. El Presidente o Presidenta de la Generalitat y los Consejeros responden políticamente ante el Parlamento de forma solidaria, sin perjuicio de la responsabilidad directa de cada uno de ellos.

2. La delegación de funciones del Presidente o Presidenta de la Generalitat no le exime de su responsabilidad política ante el Parlamento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-07-2006 en vigor desde 09-08-2006