Articulo 71 Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales -LOPDGDD-
Articulo 71 Ley Orgánica ... -LOPDGDD-

Articulo 71 Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales -LOPDGDD-

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 71. Infracciones.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Constituyen infracciones los actos y conductas a las que se refieren los apartados 4, 5 y 6 del artículo 83 del Reglamento (UE) 2016/679, así como las que resulten contrarias a la presente ley orgánica.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 06-12-2018 en vigor desde 07-12-2018