Articulo 7 Desarrollo del art 24 de la Ley 31/1995, en materia de coordinación d...idades empresariales
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Articulo 7 Desarrollo del art. 24 de la Ley 31/1995, en materia de coordinación de actividades empresariales

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Artículo 7. Información del empresario titular.

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1. El empresario titular deberá informar a los otros empresarios concurrentes sobre los riesgos propios del centro de trabajo que puedan afectar a las actividades por ellos desarrolladas, las medidas referidas a la prevención de tales riesgos y las medidas de emergencia que se deben aplicar.

2. La información deberá ser suficiente y habrá de proporcionarse antes del inicio de las actividades y cuando se produzca un cambio en los riesgos propios del centro de trabajo que sea relevante a efectos preventivos.

3. La información se facilitará por escrito cuando los riesgos propios del centro de trabajo sean calificados como graves o muy graves.