Articulo 61 Reglamento general para el desarrollo y ejecucion de la Ley 9/2003, ...dificados geneticame
Articulo 61 Reglamento ge...geneticame

Articulo 61 Reglamento general para el desarrollo y ejecucion de la Ley 9/2003, de 25 de abril, por la que se establece el regimen juridico de la utilizacion confinada, liberacion voluntaria y comercializacion de organismos modificados geneticame

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 61. Criterios de graduación.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las sanciones se impondrán atendiendo a las circunstancias del responsable, su grado de culpa, la reiteración, participación y beneficio obtenido y grado de incidencia o riesgo objetivo de daño grave a la salud humana, el medio ambiente o los recursos naturales.

Cuando la cuantía de la multa resulte inferior al beneficio obtenido por la comisión de la infracción, la sanción será aumentada, como mínimo, hasta el doble del importe en que se haya beneficiado el infractor.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-01-2004 en vigor desde 01-02-2004