Articulo 60 Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo
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Artículo 60. Día de recuerdo y homenaje a las víctimas del terrorismo.

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Se declara el día 27 de junio de cada año, como día de recuerdo y homenaje a las víctimas del terrorismo.

El día 11 de marzo de cada año se conmemorará el día europeo de las víctimas del terrorismo.

Las instituciones públicas, en esas fechas, impulsarán actos de reconocimiento a las víctimas del terrorismo con el objeto de mantener su memoria y reivindicar su mensaje ético.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-09-2011 en vigor desde 23-09-2011