Articulo 6 Organización y funcionamiento del FOGASA
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Artículo 6. Funciones del Consejo Rector.

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Uno. Son funciones del Consejo Rector:

a) Elaborar los criterios de actuación del Fondo de Garantía Salarial.

b) Conocer la evolución económica del Organismo y proponer al Gobierno, a través del Ministro de Trabajo y Seguridad Social, las medidas oportunas para el cumplimiento de sus fines.

c) Aprobar el anteproyecto de presupuestos y de su liquidación anual.

d) Aprobar la Memoria anual de actividades del Organismo.

Dos. El Consejo Rector se reunirá, previa convocatoria de su Presidente, al menos dos veces al año, y a propuesta de la representación sindical o empresarial.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-04-1985 en vigor desde 17-04-1985