Articulo 55 Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social
Articulo 55 Reglamento Ge...dad Social

Articulo 55 Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 55. Supuestos especiales de cotización.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Los consejeros y administradores de sociedades de capital y los prácticos de puerto incluidos como asimilados a trabajadores por cuenta ajena en este régimen especial, en los términos del artículo 5 de la Ley 47/2015, de 21 de octubre, no estarán obligados a cotizar por la contingencia de desempleo ni al Fondo de Garantía Salarial.

2. Lo previsto en el artículo 48 respecto a los supuestos especiales de cotización al Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, resultará de aplicación a los trabajadores por cuenta propia incluidos en este régimen especial.