Articulo 5222 Código Civil de Cataluña
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»Artículo 522-2. Liquidación de la situación posesoria
Vigente
Si los poseedores pierden la posesión a favor de otra persona que tiene un mejor derecho a poseer, por cualquier causa, la liquidación de la situación posesoria se ajusta a lo establecido por los artículos del 522-3 al 522-5, salvo pacto o disposición en contrario.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 13-01-2003 en vigor desde 02-02-2003