Articulo 52 Contratación Pública
Articulo 52 Contratación Pública

Articulo 52 Contratación Pública

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 52. Publicación a nivel nacional

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Los anuncios contemplados en los artículos 48, 49 y 50 y la información que contienen no se publicarán a nivel nacional antes de la publicación prevista en el artículo 51. No obstante, podrán en todo caso publicarse a nivel nacional si los poderes adjudicadores no han recibido notificación de su publicación a las 48 horas de la confirmación de la recepción del anuncio conforme al artículo 51.

2. Los anuncios publicados a nivel nacional no incluirán información distinta de la que figure en los anuncios enviados a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea o publicados en un perfil de comprador, pero indicarán la fecha de envío del anuncio a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea o de su publicación en el perfil de comprador.

3. Los anuncios de información previa no se publicarán en un perfil de comprador antes de que se envíe a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea el anuncio de su publicación en la citada forma, e indicarán la fecha de dicho envío.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-03-2014 en vigor desde 17-04-2014