Articulo 50 TR de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante
Articulo 50 TR de la Ley ...a Mercante

Articulo 50 TR. de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 50. Selección de personal.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La selección del personal se realizará de acuerdo con sistemas basados en los principios de igualdad, mérito y capacidad y mediante convocatoria pública. Esta última, no será de aplicación para el personal directivo y de confianza. Puertos del Estado elaborará directrices y procedimientos en materia de selección del personal que garanticen dichos principios, incluyendo los requisitos de titulación exigible para el personal excluido de convenio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-10-2011 en vigor desde 21-10-2011