Articulo 50 Carta de Derechos Fundamentales de la U.E.
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 50. Derecho a no ser juzgado o condenado penalmente dos veces por la misma infracción
Vigente
Nadie podrá ser juzgado o condenado penalmente por una infracción respecto de la cual ya haya sido absuelto o condenado en la Unión mediante sentencia penal firme conforme a la ley.