Articulo 5 Organización y funcionamiento del FOGASA
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Artículo 5. El Consejo Rector.

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Uno. El Consejo Rector, órgano superior colegiado de dirección, estará integrado por su Presidente, cuatro representantes de la Administración Pública, cinco representantes de las Organizaciones sindicales y cinco representantes de las Organizaciones empresariales más representativas con arreglo a la Ley, designados de acuerdo con sus Estatutos, y un Secretario.

Dos. La Presidencia del Consejo Rector corresponderá al Subsecretario de Trabajo y Seguridad Social, siendo designados los restantes Vocales representantes de la Administración Pública libremente por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, de entre los Directores y Subdirectores generales del Departamento con competencias relacionadas con los fines del Organismo.

Tres. Como Secretario del Consejo Rector actuará, con voz y sin voto, el Secretario general del Fondo de Garantía Salarial.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-04-1985 en vigor desde 17-04-1985