Articulo 46122 Código Civil de Cataluña
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»Artículo 461-22. Concurso de la herencia
Vigente
Las disposiciones sobre responsabilidad del heredero por las deudas del causante, derivada de la aceptación de la herencia, se aplican sin perjuicio de lo establecido por la legislación concursal.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 6/2015, de 13 de mayo, de armonización del Código civil de Cataluña.
(DOGC de 20-05-2015) en vigor desde 09-06-2015