Articulo 46 Se autoriza la ratificacion por España del Tratado de Lisboa, por el...la Comunidad Europea
Articulo 46 Se autoriza la ratificacion por España del Tratado de Lisboa, por el que se modifican el Tratado de la UE y el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea
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»Artículo 46. Protección diplomática y consular
Vigente
Todo ciudadano de la Unión podrá acogerse, en el territorio de un tercer país en el que no esté representado el Estado miembro del que sea nacional, a la protección de las autoridades diplomáticas y consulares de cualquier Estado miembro, en las mismas condiciones que los nacionales de este Estado.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-07-2008 en vigor desde 18-12-2000