Articulo 43 Contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la e...s servicios postales
Articulo 43 Contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales
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»Artículo 43. Condiciones relativas al Acuerdo sobre Contratación Pública y otros acuerdos internacionales
Vigente
En lo regulado por los anexos 3, 4 y 5 y las notas generales correspondientes a la Unión Europea del apéndice I del ACP y por los demás acuerdos internacionales por los que está obligada la Unión, las entidades adjudicadoras en el sentido del artículo 4, apartado 1, letra a), concederán a las obras, los suministros, los servicios y los operadores económicos de los signatarios de esos acuerdos un trato no menos favorable que el concedido a las obras, los suministros, los servicios y los operadores económicos de la Unión.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-03-2014 en vigor desde 17-04-2014