Articulo 4 Reglamento de asistencia jurídica gratuita
Articulo 4 Reglamento de ...a gratuita

Articulo 4 Reglamento de asistencia jurídica gratuita

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 4. Dependencia orgánica, soporte administrativo y sede.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita quedarán adscritas orgánicamente a las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia o, donde no existan, a las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno.

Estos órganos prestarán el soporte administrativo y el apoyo técnico necesarios para su funcionamiento.

2. Las Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita tendrán su sede en las dependencias que los órganos mencionados en el apartado anterior pongan a su disposición o, en su caso, en los de órganos judiciales radicados en su ámbito territorial.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-03-2021 en vigor desde 11-03-2021