Articulo 39 Derecho civil vasco
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»Artículo 39.- Tutela y curatela de menores o incapacitados.
Vigente
El comisario está obligado a pedir la constitución de la tutela o curatela de los hijos y demás descendientes del causante menores o incapacitados.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-07-2015 en vigor desde 03-10-2015