Articulo 38 Contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la e...s servicios postales
Articulo 38 Contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales
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»Artículo 38. Contratos reservados
Vigente
1. Los Estados miembros podrán reservar el derecho a participar en los procedimientos de contratación a talleres protegidos y operadores económicos cuyo objetivo principal sea la integración social y profesional de personas discapacitadas y desfavorecidas o prever la ejecución de los contratos en el contexto de programas de empleo protegido, a condición de que al menos el 30 % de los empleados de los talleres, los operadores económicos o los programas sean trabajadores discapacitados o desfavorecidos.
2. En la convocatoria de licitación se hará referencia al presente artículo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-03-2014 en vigor desde 17-04-2014