Articulo 37 Transposición de directivas -bonos garantizados, inversión colectiva...impios y eficientes-
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Articulo 37 Transposición de directivas -bonos garantizados, inversión colectiva, datos e información del sector público, derechos de autor, exenciones a importaciones y suministros, personas consumidoras y vehículos limpios y eficientes-

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Artículo 37. Requerimiento de modificación de las políticas y procedimientos en relación con el conjunto de cobertura.

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El Banco de España podrá requerir a una entidad emisora para que modifique las políticas y procedimientos señalados en el artículo 7.2 o su aplicación, cuando considere que:

a) la diversificación del riesgo en el conjunto de cobertura, en relación con su granularidad y concentración material, no queda lo suficientemente garantizada debido a los tipos de activos incluidos, o que

b) el conjunto de cobertura no resulta lo suficientemente diversificado como para dotar de un alto nivel de protección a los inversores, en función de las características estructurales, de duración o de perfil de riesgo de los activos incluidos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 03-11-2021 en vigor desde 04-11-2021