Articulo 35 Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social
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Artículo 35. Participación institucional.

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La participación de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en los asuntos relativos a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, circunscritos al ámbito territorial de las Comunidades Autónomas, se producirá en los órganos de representación de carácter consultivo, en la forma en que se prevea por estas.

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  • Texto Original. Publicado el 22-07-2015 en vigor desde 23-07-2015