Articulo 319 TR. Ley Concursal
Articulo 319 TR. Ley Concursal

Articulo 319 T.R. Ley Concursal

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Artículo 319. Propuestas condicionadas.

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1. La propuesta que someta la eficacia del convenio a cualquier clase de condición se tendrá por no presentada.

2. Por excepción a lo dispuesto en el apartado anterior, en caso de concursos conexos, la propuesta que presente uno de los concursados podrá condicionarse a que en otro u otros adquiera eficacia un convenio con un contenido determinado.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-05-2020 en vigor desde 01-09-2020