Articulo 30 Reglamento del Congreso de los Diputados
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Artículo 30.

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1. La Mesa es el órgano rector de la Cámara y ostenta la representación colegiada de ésta en los actos a que asista.

2. La Mesa estará compuesta por el Presidente del Congreso, cuatro Vicepresidentes y cuatro Secretarios.

3. El Presidente dirige y coordina la acción de la Mesa.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-03-1982 en vigor desde 24-02-1982