Articulo 299 Derecho civil de Galicia
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Artículo 299.

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Durante los treinta días hábiles siguientes a la práctica de la notificación o publicación cada uno de los partícipes no promoventes también podrá proponer hasta un máximo de tres contadores-partidores.

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  • Texto Original. Publicado el 29-06-2006 en vigor desde 19-07-2006