Articulo 29 Modificación de la Compilación de derecho civil
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Articulo 29 Modificación de la Compilación de derecho civil

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Artículo 29

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Se modifica la letra d) del apartado 1 del artículo 69 bis del Texto refundido de la Compilación de derecho civil de las Illes Balears, aprobado por el Decreto legislativo 79/1990, de 6 de septiembre, que pasa a tener la siguiente redacción:

"d) Los condenados por sentencia firme a pena grave por delitos contra los deberes familiares en la sucesión de la persona agraviada."

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-08-2017 en vigor desde 06-08-2017