Articulo 277 Ley del Mercado de Valores
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Artículo 277. Sujetos responsables.

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Las personas físicas y jurídicas a las que se refiere el artículo 271 son sujetos responsables de infracciones muy graves, cuando incurran en las acciones u omisiones tipificadas en este capítulo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-10-2015 en vigor desde 13-11-2015