Articulo 272 TR de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante
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Articulo 272 TR. de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante

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Artículo 272. Nombramiento y funciones del Director.

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1. El Director de la Sociedad es nombrado por el Ministro de Fomento a propuesta del Consejo de Administración.

2. Corresponde al Director de la Sociedad el desempeño de las siguientes funciones.

a) Dirigir los servicios de la Sociedad y controlar el desarrollo de su actividad.

b) Dirigir y controlar los servicios marítimos encomendados por la Administración marítima bajo la dirección e instrucciones de ésta y prestarle apoyo técnico en el ejercicio de sus específicas competencias.

c) Presentar al Consejo de Administración el anteproyecto de presupuestos, el programa de actuación, inversiones y financiación, el plan anual de objetivos y las cuentas anuales para su examen y posterior tramitación.

d) Disponer los gastos y ordenar los pagos correspondientes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-10-2011 en vigor desde 21-10-2011