Articulo 27 Modificación de la Compilación de derecho civil
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»Artículo 27
Vigente
Se modifica el artículo 65 del Texto refundido de la Compilación de derecho civil de las Illes Balears, aprobado por el Decreto legislativo 79/1990, de 6 de septiembre, que pasa a tener la siguiente redacción:
"Artículo 65
En la isla de Menorca rige lo dispuesto en el libro I de esta Compilación, a excepción de los artículos 54 a 63."
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 05-08-2017 en vigor desde 06-08-2017