Articulo 25 Reglamento del Senado
Articulo 25 Reglamento del Senado

Articulo 25 Reglamento del Senado

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 25.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los Senadores podrán solicitar el conocimiento de las actas y documentos de los distintos órganos de la Cámara.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-05-1994 en vigor desde 10-05-1994