Articulo 25 Régimen electoral general
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Artículo veinticinco

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1. La Mesa Electoral está formada por un Presidente y dos Vocales.

2. En el supuesto de concurrencia de elecciones, la Mesa Electoral es común para todas ellas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-06-1985 en vigor desde 21-06-1985