Articulo 245 Ley de Enjuiciamiento Criminal
Articulo 245 Ley de Enjui...o Criminal

Articulo 245 Ley de Enjuiciamiento Criminal

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 245

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Aprobadas o reformadas la tasación y regulación, se procederá a hacer efectivas las costas por la vía de apremio establecida en la Ley de Enjuiciamiento Civil con los bienes de los que hubiesen sido condenados a su pago.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-09-1882 en vigor desde 15-10-1882
Conceptos Jurídicos