Articulo 23629 Libro segundo del Codigo civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia
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Articulo 23629 Libro segundo del Codigo civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia

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Artículo 236-29. denegación de la renuncia de adquisiciones gratuitas.

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La denegación de la autorización judicial para las renuncias del artículo 236-27.1.e) comporta la aceptación de la transmisión.

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  • Texto Original. Publicado el 05-08-2010 en vigor desde 01-01-2011