Articulo 235 Reforma del Estatuto de Autonomia para Andalucia
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Artículo 235. Desarrollo y aplicación del derecho de la Unión Europea.

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1. La Junta de Andalucía desarrolla y ejecuta el derecho de la Unión Europea en las materias de su competen cia, de acuerdo con lo que establezca una ley del Parlamento de Andalucía

2. En el caso de que la Unión Europea establezca una legislación que sustituya a la normativa básica del Estado, la Junta de Andalucía podrá adoptar la legislación de desarrollo a partir de las normas europeas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-03-2007 en vigor desde 20-03-2007