Articulo 23412 Libro segundo del Codigo civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia
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Articulo 23412 Libro segundo del Codigo civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia

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Artículo 234-12. Extinción de la prestación alimentaria fijada en forma de pensión.

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La prestación alimentaria en forma de pensión se extingue de acuerdo con las reglas del artículo 233-19.

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  • Texto Original. Publicado el 05-08-2010 en vigor desde 01-01-2011