Articulo 230 Reglamento de la LO 4/2000, sobre derechos y libertades de los extr...u integración social
Articulo 230 Reglamento d...ión social

Articulo 230 Reglamento de la LO 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 230. Colaboración de otras administraciones públicas en el procedimiento ordinario.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El órgano instructor recabará de los órganos y dependencias administrativas pertenecientes a cualquiera de las administraciones públicas la información que fuera necesaria para el eficaz ejercicio de sus propias competencias, incluyendo la petición de la información necesaria al Registro Central de Penados.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-04-2011 en vigor desde 30-06-2011