Articulo 223 Reglamento Hipotecario
Articulo 223 Reglamento Hipotecario

Articulo 223 Reglamento Hipotecario

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 223.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


En el caso de desamparo de la finca en el procedimiento ejecutivo ordinario, cuando en la subasta el valor de la finca fuere superior al importe del crédito, intereses y costas aseguradas, el sobrante pertenecerá al tercer poseedor si no hubiere persona con derecho a todo o parte de dicho sobrante.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-04-1947 en vigor desde 06-05-1947