Articulo 220 Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra
Articulo 220 Compilación ...de Navarra

Articulo 220 Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

LEY 220

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Libertad de ordenar sustituciones

En cualquier acto de liberalidad inter vivos o mortis causa el disponente puede ordenar sustituciones en todos sus bienes o parte de ellos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-03-1973 en vigor desde 27-03-1973