Articulo 22 Sociedades anónimas deportivas
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»Artículo 22. Créditos subordinados.
Vigente
Los créditos por préstamos hechos por los accionistas, consejeros y demás administradores de una sociedad anónima deportiva a favor de ésta tendrán la consideración de subordinados respecto de los demás en los que la sociedad figure como deudora.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-07-1999 en vigor desde 18-07-1999