Articulo 22 Modificación de la Compilación de derecho civil
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Articulo 22 Modificación de la Compilación de derecho civil

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Artículo 22

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Se modifica el artículo 49 del Texto refundido de la Compilación de derecho civil de las Illes Balears, aprobado por el Decreto legislativo 79/1990, de 6 de septiembre, que pasa a tener la siguiente redacción:

"Artículo 49

La disposición a favor de un legitimario por valor superior a su legítima, con la expresa prevención cautelar de que, si no acepta las cargas o limitaciones que le imponen se reducirá su derecho a la legítima estricta, facultará aquel para aceptar la disposición en la forma establecida o hacer suya la legítima libre de toda carga o limitación."

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 05-08-2017 en vigor desde 06-08-2017