Articulo 216 Reforma del Estatuto de Autonomia para Andalucia
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Artículo 216. Espacio radioeléctrico.

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Andalucía será consultada en cualquier decisión que afecte a la planificación o uso de su espacio radioeléctrico o de su sistema de telecomunicaciones.

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  • Texto Original. Publicado el 20-03-2007 en vigor desde 20-03-2007