Articulo 215 Régimen electoral general
Articulo 215 Régimen electoral general

Articulo 215 Régimen electoral general

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo doscientos quince.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


El número de diputados que se elige en España se fijará en función de lo que establece en esta materia el ordenamiento jurídico europeo.